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¡Tenemos más libertad!

Se podrá ingresar a las reservas naturales como la Aconcagua.

A través del Decreto 1401, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobernador Rodolfo Suarez estableció las nuevas habilitaciones que rigen en todo el territorio provincial vigente durante la nueva etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO).

En lo que respecta a los que amamos la práctica del deporte al aire libre, como el trote o pedaleo, lo más importante es que ya no rigen las salidas por número de DNI y que las reservas naturales están habilitadas.

Otra cosa a tener en cuenta es que se permite la práctica de deportes en canchas públicas o privadas, sin presencia de público, lo cual puede inferir que no deberían haber problemas para habilitar la práctica de competencias de trail, teniendo en cuenta que los organizadores de la Ultra Cerro Arco están esperando la autorización para llevarla a cabo el próximo 6 de diciembre (click acá para leer la nota que hicimos al respecto).

Las nuevas medidas

  • Circulación:

Se restringe la circulación de personas en el ámbito territorial de Mendoza, entre la 01:00 y las 05:30 de cada día. Deja de regir la limitación por la terminación del DNI.

La Secretaría de Servicios Públicos y Transportes, deberá ajustar las frecuencias del transporte público de pasajeros de acuerdo con las condiciones estipuladas en el presente decreto.

  • Horarios de comercios y atención al público:

Los horarios correspondientes a cada actividad, serán fijados por los propios interesados conforme con los usos, costumbres y disposiciones municipales, siempre respetando la restricción de circulación de 01:00 a 05:30.

  • Cafés, confiterías y restaurantes:

Podrán funcionar en modalidad presencial con un límite de seis (6) personas por mesa y hasta un máximo equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del factor de ocupación habilitado, y siempre que los espacios tengan posibilidad de ventilación natural. En caso de patios o espacios internos, deberán demarcar adecuadamente las circulaciones para evitar el entrecruzamiento de clientes que ingresan o se retiran. Podrán funcionar, en todos los casos, bajo la modalidad de delivery y “pase y lleve”.

  • Reuniones familiares:

Están habilitadas en toda la provincia hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Podrán realizarse sólo los días sábados, domingos y feriados,

  • Educación:

Se autoriza el apoyo escolar presencial y voluntario para alumnos de nivel primario y secundario con trayectorias educativas débiles como así también las prácticas profesionalizantes voluntarias para los alumnos de sexto año de escuelas técnicas y alumnos de nivel superior, conforme con los protocolos y demás condiciones que a tal fin determine la Dirección General de Escuelas.

  • Ceremonias religiosas:

Podrán realizarse con una concurrencia máxima de treinta (30) personas o hasta el cincuenta por ciento (50 %) del factor ocupacional, en templos reglamentariamente autorizados a tal fin y siempre que garanticen una distancia de dos (2) metros entre los asistentes.

Actividades habilitadas

Respetando los protocolos estipulados y aprobados por la autoridad sanitaria, se pueden realizar las siguientes actividades:

  • Actos de colación de grado para alumnos que finalizan el ciclo educativo.
  • Funcionamiento de las instituciones de Atención Temprana y/o jardines maternales públicos y privados, de carácter educativo, alcanzados por la Ley Nº 9201.
  • La práctica de deportes en canchas públicas o privadas, sin presencia de público.
  • Actividades de turf.
  • Las salas de juegos públicas y privadas.
  • Las escuelas de verano.
  • Las temporadas de pileta en clubes y/o instituciones públicas o privadas.
  • Salas culturales y teatros hasta el cincuenta por ciento (50 %) de su capacidad.
  • Salas de juegos infantiles y de entretenimiento familiar hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad. En ningún caso se permitirá la celebración de cumpleaños ni fiestas de ningún tipo.
  • Salas velatorias hasta el cincuenta por ciento (50 %) de su capacidad.
  • Centros de Rehabilitación.

Reservas naturales

A partir del 14 de noviembre de 2020 están permitidas las visitas a las siguientes reservas naturales: Aconcagua, Cordón del Plata, Puente del Inca, Manzano-Portillo-Piuquenes, Payunia y Divisadero.

Además, se autoriza el acampe en carpas individuales o en carpas para más de una persona siempre que sean convivientes.

Es similar lo que rige para los campings, donde funcionará el mismo protocolo para acampar.

Foto de tapa: gentileza Dardo Peralta

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Claudio Pereyra Moos

Periodista por pasión, más que por profesión. Ultramaratonista de montaña que corre tras ideales: traspasar metas de carreras difíciles, trabajar por una sociedad más justa, viajar para conocer nuevos horizontes.